El fiscal retira las acusaciones a los vigilantes de primera y de seguridad en el accidente mortal de la Vasco

El Juzgado de lo Penal número 2 de León acoge el juicio por el accidente en la Hullera Vasco-Leonesa.

E.F.G. / Agencia ICAL

El fiscal del juicio que se sigue en León por la muerte de seis mineros de la Hullera Vasco Leonesa el 28 de octubre de 2013 afirmó este martes al iniciar el trámite de presentación de conclusiones que el accidente “se podía y debía haberse evitado”. A su entender, la invasión masiva de grisú que provocó la tragedia “no fue producto de un hecho fortuito, algo imprevisible o inevitable”.

En su intervención para dar cuenta de sus consideraciones definitivas apuntó a que se produjeron incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos laborales y de seguridad minera y de la obligación del empresario de garantizar la seguridad y la salud de la plantilla. El riesgo de una emanación de metano “inmediata, intempestiva y de gran magnitud”, dijo, es conocido, conocido, no es algo inaudito y hay unas normas y medidas para evitar sus consecuencias.

Así, considera acreditado que no se adoptaron, por parte de los altos cargos y los técnicos que dirigían la compañía en ese momento, las medidas oportunas y no obraron con la “diligencia necesaria para evitar el resultado conocido”. También aludió a que aunque de las pruebas testificales practicadas no se pueda concluir que existieran unas claras señales de alarma sí había preocupación y temor en los trabajadores que trabajaban en el taller siniestrado. “Había preocupación porque aquello no acababa de hundir y había índices altos de metano”, mencionó como ejemplos.

El fiscal recordó que el informe de los técnicos de Minas de la Junta apunta que se produjo un desprendimiento de bóveda, sin que se haya comprobado que ocurrió así. “También recoge actuaciones de la empresa que no deja dudas de que no se actuó correctamente. Había avisos que no debían haber dado lugar a que se explotara allí como si no hubiera ningún problema”, añadió.

El representante del Ministerio Público recalcó que lo ocurrido “no fue algo impensable, inevitable, sino consecuencia de una determinada manera de actuar de la empresa en este caso concreto; en definitiva, un mal funcionamiento”. Según señaló, hubo un “cúmulo de problemas, de mal funcionamiento de la empresa” y mencionó el error topográfico “que no solo es de un plano, por existir absoluta falta de certeza de la ubicación exacta del taller siniestrado”, lo que conllevó actuaciones equivocadas.

Tras siete semanas de juicio por un suceso que se saldó con seis fallecidos y nueve accidentados el fiscal concluye, entre otras cuestiones, que “había avisos que debieron hacer pensar en analizar lo que ocurría y adoptar medidas al respecto”.

Condenas

El fiscal reclama sentencia condenatoria para once de los acusados, a los que considera responsables de los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia. Ve como “máximos responsables” a la cúpula de la empresa, los tres miembros del Consejo de Administración; dos de ellos consejeros delegados con plenos poderes y facultades y el tercero, consejero ejecutivo.

“Deberían haber ordenado, promovido medidas como actualizar la estructura de seguridad, comprobar e impulsar la evaluación de riesgos, la vigilancia de si todo era correcto pero no lo hicieron”, señaló.

También se refirió al director general, “que tenía plenas facultades y dirigía la sociedad. Tenía una intervención directa en materia de seguridad y sus actuaciones no fueron correctas. Tenía conocimiento de que se iniciaba esa explotación y no ordenó ni impidió nada”, expuso. Respecto al director facultativo recalcó que tenía “funciones de absoluta dirección y así las ejerció”. “Adoptó medidas, conoció la evolución del taller y no hizo nada e impidió el resultado. El error topográfico se le comunicó; debería haber mandado parar la explotación y analizar la situación”, añadió.

En la misma situación colocó al ingeniero jefe, “que tenía una posición de mando sobre otros ingenieros auxiliares y consta que estuvo en el lugar, conoció lo que pasaba, pero no adoptó medidas ni comunicó a su superior que se debería hacer algo y que existía riesgo al continuar el Sobre los dos ingenieros auxiliares dijo que consta que hablaron con el ingeniero jefe y los vigilantes ”y les correspondía tomar alguna medida, comunicar con su superior“. Acerca del jefe del departamento de Seguridad minera y de control ambiental aseguró quedar demostradas ”graves deficiencias en su labor“ y asimismo atribuyó falta de diligencia al ingeniero jefe del Servicio de Seguridad Minera y Brigada de Salvamento.

Cinco absoluciones

El fiscal pide la absolución para los vigilantes de primera de interior o plantillas y los vigilantes de seguridad de la compañía. Sobre los primeros, Carlos Conejo José Ramón González y Óscar Luis Dopazo, señaló que “no consta que hayan incumplido sus funciones respecto al accidente” y en cuando a los segundos afirmó que “no consta que hayan llevado a cabo actos contrarios a sus funciones relacionados con el accidente”.

Cabe señalar que para todos ellos reclamaba inicialmente penas de tres años y medio de prisión, la misma que para el resto de acusados. Respecto a las indemnizaciones, el fiscal renunció a las planteadas originariamente respeto a lo que afecta a la compañía Mapfre, que ha abonado a los afectados cantidades superiores a las que solicitaba. El acuerdo indemnizatorio alcanzado entre las víctimas o sus herederos y la compañía Mapfre implica cambios automáticos en el capítulo de reclamaciones económicas respecto a varios acusados afectados.

Atenuantes

Las defensas avanzaron que reclamarán, en caso de que exista sentencia condenatoria, la aplicación de las atenuantes de dilación indebida muy cualificada y la de reparación del daño, por los acuerdos económicos alcanzados. Algunas de ellas, tras avanzar las acusaciones la ratificación de sus conclusiones -que elevan las peticiones de pena hasta los seis años y medio de cárcel- anunciaron que solicitarán que se les impongan las costas procesales al apreciar temeridad e incluso mala fe en uno de los casos. El fiscal no estima que proceda la aplicación de las atenuantes a las que apelan los abogados defensores.

Acusaciones

Las primeras acusaciones que elevaron a definitivas sus conclusiones esgrimieron en sus turnos de palabra la falta de medidas de seguridad, la anteposición de la producción a la seguridad y la existencia de “signos premonitorios, avisos que daba la mina”. También se lamentó la ocultación de información por parte de la compañía tras lo ocurrido. “Lejos de haber una cultura de seguridad se imponía una ley del silencio que normalizaba situaciones de riesgo” señaló uno de los letrados. También rechazan la aplicación de las atenuantes expuestas por las defensas. Este miércoles continuará la presentación de las conclusiones definitivas de las partes, que precederán a las últimas palabras de los acusados.

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