La Audiencia condena por prevaricación administrativa el alcalde socialista de Cacabelos

El alcalde de Cacabelos, Sergio Álvarez, juzgado por la Audiencia Provincial de León. / Carlos S. Campillo / ICAL

La Audiencia Provincial de León ha condenado en un auto emitido ayer a Sergio Álvarez de Arriba, el actual alcalde socialista de Cacabelos, en la comarca del Bierzo, a nueve años de “inhabilitación especial para el empleo o cargo público de alcalde” como autor de un delito de prevaricación administrativa, al no reincorporar al interventor municipal cuando superó una situación de incapacidad temporal.

La sentencia, que puede ser aún recurrida a instancias superiores, y presumiblemente lo será según fuentes consultadas por iLeon.com, se dicta por considerar probada la “participación personal y directa” de Álvarez al haber apartado de su puesto al interventor con un acuerdo adoptado de forma ilegal, habiendo sido previamente advertido de esa ilegalidad, remarca el fallo judicial.

Los hechos emanan de la fecha de agosto de 2015, por unos hechos ocurridos en el despacho del propio regidor, en el que éste le pidió al interventor municipal explicaciones sobre el contenido de un informe. La discusión se elevó de tal manera que se originó una pelea física, en el transcurso de la cual el funcionario acabó propinando tres empujones al alcalde, llamándole “gilipollas”. Aquel hecho acabó con la detención posterior del funcionario.

Las dificultades reiteradas que pasados unos meses de baja tuvo el interventor, tras la apertura de un expediente y la mediación de la Junta de Castilla y León, promovieron finalmente la negativa del regidor a su reincorporación porque, dijo, “no quería verme en el cementerio”. Sin embargo, el juez considera que “la ilegalidad del acuerdo -adoptado por el regidor- resulta palmaria, derivándose la misma de la doble circunstancia de haberse tomado dicho acuerdo sin observar procedimiento alguno y, además, porque el acusado carecía de competencia para adoptarlo”.

La Fiscalía solicitada contra el regidor del PSOE una pena de 13 años de inhabilitación por los hechos juzgados, mientras curiosamente la acusación solicitada menos años aún, un total de 10, quedándose finalmente el Tribunal con una pena de inhabilitación especial de 9 años.

Pero llama la atención que únicamente para ejercer como alcalde, no mencionando por tanto que nada le impida judicialmente para continuar como concejal o mantener el acta, más allá de la decisión que tras la condena pueda determinar internamente el Partido Socialista al que pertenece.

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