El presidente del Consejo Comarcal de El Bierzo y exalcalde de Ponferrada, Olegario Ramón, ha anunciado que recurrirá la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León que condenó a uno de sus agresores a una multa de ocho meses por un delito de lesiones, tras la agresión sufrida en abril de 2024 a la salida de una reunión del PSOE en Ponferrada.
Ramón sostiene que tanto su abogado como el letrado del PSOE consideran que existen fundamentos jurídicos suficientes para presentar recurso, al entender que el agresor sí conocía la condición de autoridad de la persona a la que atacó y que los hechos deberían encuadrarse en un delito de atentado, además de apreciarse un componente de discriminación por ideología política. “Entienden que el agresor sabía perfectamente a quién agredía y que lo hizo por mi condición de socialista”, ha señalado a este medio.
La sentencia, hecha pública el pasado 18 de diciembre, absolvió a uno de los acusados y condenó al otro únicamente por un delito de lesiones, imponiéndole una multa de ocho meses y una indemnización de algo más de 1.500 euros. El tribunal descartó el delito de atentado a la autoridad al considerar que el condenado desconocía la condición institucional de Ramón, un argumento que desde el PSOE ya calificaron entonces de “especialmente controvertido”.
El presidente del Consejo Comarcal también discrepa del fallo absolutorio respecto al segundo acusado, al que se imputaba un delito de amenazas. “Los abogados entienden que las amenazas sí se produjeron y que incluso durante la instrucción el otro acusado reconoció que pudo haberme dicho que me iba a dar unas hostias”, ha recordado.
Más allá de la valoración jurídica, Ramón insiste en el valor ejemplarizante que debe tener una resolución de este tipo. “Siempre he dicho que los hechos que ocurrieron tienen que tener una sanción penal para que no se vuelvan a cometer y para que la gente reciba el mensaje de que este tipo de comportamientos tienen consecuencias”, ha subrayado.
El recurso deberá presentarse antes del día 15, plazo límite para impugnar una sentencia que, aunque supuso una respuesta jurídica a la agresión, sigue siendo considerada insuficiente tanto por el afectado como por su entorno jurídico y político.