Once años de inhabilitación al reelegido alcalde de Cabañas por no abstenerse al adjudicar una parcela para su clínica

La Audiencia Provincial de León ha condenado al reelegido alcalde de Cabañas Raras, Juan Marcos López (PP), a once años de inhabilitación y seis meses de prisión por delitos de prevaricación administrativa y gestión interesada relacionados con la adjudicación de una parcela del Polígono Industrial en la que la empresa Clínica Veterinaria Bierzoo SLP, propiedad del regidor y su esposa, construyó un crematorio de mascotas. Pese a que el juicio se celebró a finales de marzo, en plena precampaña de las elecciones municipales, López concurrió a los comicios como cabeza de lista, revalidó el bastón de mando e incluso fue uno de los elegidos por su partido como representantes en el Consejo Comarcal del Bierzo, cuyo pleno de constitución tendrá lugar el próximo 17 de julio. Contra esta sentencia cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El caso deriva de una denuncia formulada por el concejal socialista en el anterior mandato Antonio Puerto González, cuya demanda iba más allá de la prevaricación al acusarlo también de delitos de fraude, malversación y tráfico de influencias, de los que ha resultado absuelto. Y es que el regidor no se abstuvo en el pleno a la hora adjudicar la citada parcela a su clínica veterinaria tras haber avalado asimismo tanto la solicitud de ayudas para proyectos de inversión para el desarrollo alternativo de las zonas mineras como la licencia de construcción y la licencia ambiental de la parcela correspondiente del Polígono Industrial de Cabañas Raras. El propio Juan Marcos López presidió la comisión que abrió las plicas el 11 de mayo de 2016 siendo la oferta de su Clínica Veterinaria Bierzoo SLP la única presentada.

Además, el PSOE aseguró en su día que el regidor habría obtenido beneficios al haberse adjudicado la parcela por debajo del precio mínimo de licitación y no haber pagado (al contrario de lo que se exigía para el resto de licitadores) el importe de la parcela hasta la notificación de la denuncia interpuesta por el entonces concejal socialista, quien ahora sostiene que López podría incluso empeorar su situación en el caso de que optase por recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Concretamente, el fallo de la Audiencia Provincial de León le condena por un delito de gestión interesada a seis meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante ese tiempo, una multa de 12 meses con una cuota diaria de 6 euros, así como inhabilitación especial para empleo o cargo público y derecho al sufragio pasivo durante dos años; y por el delito de prevaricación, la pena es de nueve años de inhabilitación para especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del sufragio pasivo, más dos tercios de las costas procesales correspondientes.

El regidor apeló al desconocimiento del proceso durante el juicio celebrado a finales del pasado mes de marzo en la Audiencia Provincial. “Si hubiese sabido que me podría abstener, no estaría aquí ahora mismo. En ningún momento el secretario hizo ninguna mención sobre ello, pero si me lo hubiera hecho lo habría hecho porque no he ido nunca en contra de un informe de Secretaría”, dijo en ese foro en un testimonio recogido entonces por la Agencia ICAL.

La Fiscalía solicitaba una pena de diez meses de prisión y una multa de 10 euros diarios durante 15 meses por un delito de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, así como su inhabilitación para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante 10 años y seis meses por un delito de prevaricación.