El TSJ confirma diez meses de cárcel por intentar estafar 21.500 euros en castañas en El Bierzo

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la condena de diez meses de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de León a un hombre que presentó albaranes falsos para reclamar judicialmente más de 21.500 euros por una supuesta venta de castañas en El Bierzo. La Sala de lo Civil y Penal, con sede en Burgos, desestima íntegramente el recurso del condenado y ratifica la sentencia dictada en julio de 2025 en León.

La resolución, fechada el 18 de febrero de 2026, considera probado que el acusado alteró cuatro albaranes para simular entregas de mercancía que en realidad nunca se produjeron. Con esos documentos intentó cobrar 21.564 euros a la empresa Castañas Quintelo SL a través de un procedimiento monitorio presentado en los juzgados de Ponferrada.

Una reclamación por varias partidas de castañas

El origen del caso se sitúa en 2017, cuando el condenado presentó una petición inicial de proceso monitorio contra la mercantil, reclamando el importe de distintas partidas de castañas que supuestamente había suministrado en octubre de 2016. Para justificar la deuda, aportó siete albaranes firmados en nombre de la empresa.

Sin embargo, cuatro de esos documentos, correspondientes a los días 23, 24, 25 y 27 de octubre de 2016, fueron impugnados por la mercantil, que negó haber recibido esa mercancía. La empresa denunció además que los albaranes no podían ser auténticos.

Albaranes que aún no existían

La clave del procedimiento estuvo en la prueba practicada durante el juicio. Según quedó acreditado, los talonarios de albaranes en cuestión fueron impresos el 2 de noviembre de 2016 y entregados a la empresa el día 5 de ese mismo mes. Es decir, no existían materialmente en las fechas de octubre que figuraban en los documentos aportados por el acusado.

La sentencia destaca también que el 22 de octubre de 2016 se produjo una fuerte discusión entre el padre del acusado y el representante de la empresa, lo que provocó la ruptura de las relaciones comerciales. Desde ese momento, no volvió a haber entregas de castañas.

El recurso: presunción de inocencia y valoración de la prueba

El condenado recurrió ante el TSJ alegando vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y errores en la valoración de la prueba. Sostuvo que no existían pruebas concluyentes sobre la falsificación y cuestionó la pericial informática que determinó la fecha de impresión de los albaranes.

La Sala rechaza estos argumentos y concluye que la Audiencia Provincial realizó una valoración “expresa, razonada y coherente” del conjunto de la prueba. Subraya que hubo testificales, periciales y documentación suficiente para acreditar que los albaranes fueron alterados con el objetivo de obtener un beneficio económico indebido.

Condena firme a la espera de casación

El TSJ confirma así la condena por un delito de falsificación de documento privado en concurso con un delito de estafa procesal en grado de tentativa. La pena impuesta es de diez meses de prisión y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además del pago de las costas procesales.

No obstante, la sentencia aún puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. La Sala no impone las costas de la apelación al acusado al no apreciar mala fe en la interposición del recurso.

Con esta resolución, el alto tribunal autonómico cierra un largo recorrido judicial iniciado hace casi nueve años por una reclamación de castañas que terminó convirtiéndose en un procedimiento penal por falsedad documental.